domingo, 10 de abril de 2016

Publicada la versión en español del proyecto de nuevo Reglamento europeo de protección de datos

reglamento-europeo-proteccion-datos

Finalidad y contenido del Reglamento

Su finalidad es fortalecer las normas ya existentes y a dotar a los ciudadanos de más control sobre sus datos personales.

Por ello, entre su contenido más relevante cabe destacar:

  1. Un acceso más fácil a los datos propios
    • Los ciudadanos tendrán más información sobre cómo son tratados sus datos personales, de una manera clara y comprensible.

  2. Derecho a la portabilidad de los datos

    • Se hará más sencilla la transferencia de datos personales entre los proveedores de servicios.

  3. Clarificación del alcance del “Derecho al olvido”

    • Cuando un ciudadano no desee que sus datos no sean tratados y no exista una razón legítima para su conservación, los datos podrán ser eliminados.

  4. Derecho a saber si los datos han sido pirateados

    • Empresas y organizaciones deberán informar a las autoridades nacionales de supervisión de los ataques a sus bancos de datos a la mayor brevedad, para permitir a los usuarios la adopción de las medidas adecuadas.

Estructura del Reglamento

Se trata de un documento muy extenso, estructurado en 11 Capítulos y 99 artículos, más una Introducción dividida en 173 apartados, de la siguiente manera:

Capítulo I. Disposiciones generales

Artículo 1 Objeto

Artículo 2 Ámbito de aplicación material

Artículo 3 Ámbito territorial

Artículo 4 Definiciones

Capítulo II. Principios

Artículo 5 Principios relativos al tratamiento

Artículo 6 Licitud del tratamiento

Artículo 7 Condiciones para el consentimiento

Artículo 8 Condiciones aplicables al consentimiento del niño en relación con los servicios de la sociedad de la información

Artículo 9 Tratamiento de categorías especiales de datos personales

Artículo 10 Tratamiento de datos personales relativos a condenas e infracciones penales

Artículo 11 Tratamiento que no requiere identificación

Capítulo III. Derechos del interesado

Sección 1. Transparencia y modalidades

Artículo 12 Transparencia de la información, comunicación y modalidades de ejercicio de los derechos del interesado

Sección 2. Información y acceso a los datos personales

Artículo 13 Información que deberá facilitarse cuando los datos personales se obtengan del interesado

Artículo 14 Información que deberá facilitarse cuando los datos personales no se hayan obtenido del interesado

Artículo 15 Derecho de acceso del interesado

Sección 3. Rectificación y supresión

Artículo 16 Derecho de rectificación

Artículo 17 Derecho de supresión («el derecho al olvido»)

Artículo 18 Derecho a la limitación del tratamiento

Artículo 19 Obligación de notificación relativa a la rectificación o supresión de datos personales o la limitación del tratamiento

Artículo 20 Derecho a la portabilidad de los datos

Sección 4. Derecho de oposición y decisiones individuales automatizadas

Artículo 21 Derecho de oposición

Artículo 22 Decisiones individuales automatizadas, incluida la elaboración de perfiles

Sección 5. Limitaciones

Artículo 23 Limitaciones

Capítulo IV. Responsable del tratamiento y encargado del tratamiento

Sección 1. Obligaciones generales

Artículo 24 Responsabilidad del responsable del tratamiento

Artículo 25 Protección de datos desde el diseño y por defecto

Artículo 26 Corresponsables del tratamiento

Artículo 27 Representantes de responsables o encargados del tratamiento no establecidos en la Unión

Artículo 28 Encargado del tratamiento

Artículo 29 Tratamiento bajo la autoridad del responsable o del encargado del tratamiento

Artículo 30 Registro de las actividades de tratamiento

Artículo 31 Cooperación con la autoridad de control

Sección 2. Seguridad de los datos personales

Artículo 32 Seguridad del tratamiento

Artículo 33 Notificación de una violación de la seguridad de los datos personales a la autoridad de control

Artículo 34 Comunicación de una violación de la seguridad de los datos personales al interesado

Sección 3. Evaluación de impacto relativa a la protección de datos y consulta previa

Artículo 35 Evaluación de impacto relativa a la protección de datos

Artículo 36 Consulta previa

Sección 4. Delegado de protección de datos

Artículo 37 Designación del delegado de protección de datos

Artículo 38 Posición del delegado de protección de datos

Artículo 39 Funciones del delegado de protección de datos

Sección 5. Códigos de conducta y rectificación

Artículo 40 Códigos de conducta

Artículo 41 Supervisión de códigos de conducta aprobados

Artículo 42 Certificación

Artículo 43 Organismo de certificación

Capítulo V. Transferencia de datos personales a terceros países u organizaciones internacionales

Artículo 44 Principio general de las transferencias

Artículo 45 Transferencias basadas en una decisión de adecuación

Artículo 46 Transferencias mediante garantías adecuadas

Artículo 47 Normas corporativas vinculantes

Artículo 48 Transferencias o comunicaciones no autorizadas por el Derecho de la Unión

Artículo 49 Excepciones para situaciones específicas

Artículo 50 Cooperación internacional en el ámbito de la protección de datos personales

Capítulo VI. Autoridades de control independientes

Sección 1. Independencia

Artículo 51 Autoridad de control

Artículo 52 Independencia

Artículo 53 Condiciones generales aplicables a los miembros de la autoridad de control

Sección 2. Competencia, funciones y poderes

Artículo 55 Competencia

Artículo 54 Normas relativas al establecimiento de la autoridad de control

Artículo 56 Competencia de la autoridad de control principal

Artículo 57 Funciones

Artículo 58 Poderes

Artículo 59 Informe de actividad

Capítulo VII. Cooperación y coherencia

Sección 1. Cooperación y coherencia

Artículo 60 Cooperación entre la autoridad de control principal y demás autoridades de control interesadas

Artículo 61 Asistencia mutua

Artículo 62 Operaciones conjuntas de las autoridades de control

Sección 2. Coherencia

Artículo 63 Mecanismo de coherencia

Artículo 64 Dictamen del Comité

Artículo 65 Resolución de conflictos por el Comité

Artículo 66 Procedimiento de urgencia

Artículo 67 Intercambio de información

Sección 3. Comité Europeo de Protección de Datos

Artículo 68 Comité Europeo de Protección de Datos

Artículo 69 Independencia

Artículo 70 Funciones del Comité

Artículo 71 Informes

Artículo 72 Procedimiento

Artículo 73 Presidencia

Artículo 74 Funciones del presidente

Artículo 75 Secretaría

Artículo 76 Confidencialidad

Capítulo VIII. Recursos, responsabilidad y sanciones

Artículo 77 Derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control

Artículo 78 Derecho a la tutela judicial efectiva contra una autoridad de control

Artículo 79 Derecho a la tutela judicial efectiva contra un responsable o encargado del tratamiento

Artículo 80 Representación de los interesados

Artículo 81 Suspensión de los procedimientos

Artículo 82 Derecho a indemnización y responsabilidad

Artículo 83 Condiciones generales para la imposición de multas administrativas

Artículo 84 Sanciones

Capítulo IX. Disposiciones relativas a situaciones específicas de tratamiento

Artículo 85 Tratamiento y libertad de expresión y de información

Artículo 86 Tratamiento y acceso del público a documentos oficiales

Artículo 87 Tratamiento del número nacional de identificación

Artículo 88 Tratamiento en el ámbito laboral

Artículo 89 Garantías y excepciones aplicables al tratamiento con fines de archivo en interés público, fines de investigación científica o histórica o fines estadísticos

Artículo 90 Obligaciones de secreto

Artículo 91 Normas vigentes sobre protección de datos de las iglesias y asociaciones religiosas

Capítulo X. Actos delegados y actos de ejecución

Artículo 92 Ejercicio de la delegación

Artículo 93 Procedimiento de comité

Capítulo XI. Disposiciones finales

Artículo 94 Derogación de la Directiva 95/46/CE

Artículo 95 Relación con la Directiva 2002/58/CE

Artículo 96 Relación con acuerdos celebrados anteriormente

Artículo 97 Informes de la Comisión

Artículo 98 Revisión de otros actos jurídicos de la Unión en materia de protección de datos

Artículo 99 Entrada en vigor y aplicación

Entrada en vigor

La entrada en vigor de esta norma se producirá a los veinte días de su publicación en el DOUE, pero su aplicación se difiere a los dos años de la entrada en vigor.

Fuente: Noticias Jurídicas

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